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Asociación sin fines de lucro que no se identifica con ninguna corriente filosófica, política ni religiosa (Ley francesa de 1901)

 

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Ayuda a las víctimas
Indemnización

Las víctimas de actos de terrorismo tienen derecho a una indemnización proveniente de un
> Fondo de garantía (FGTI)
en
> caso de heridas
> en caso de muerte.



En caso de heridas o de muerte con motivo de un acto de terrorismo, las víctimas tienen derecho a una indemnización proveniente de un Fondo de garantía (FGTI).

EN CASO DE HERIDAS

El FGTI procede a la realización de pericias médicas a fin de indemnizar los perjuicios sufridos.

El FGTI evalúa e indemniza los perjuicios sufridos.

El FGTI interviene en caso de agravamiento de los perjuicios sufridos.

 

Pericias médicas

El FGTI ordena la realización de pericias médicas a fin de determinar todas las consecuencias del atentado en el estado de salud de la víctima y proceder así a la evaluación ulterior de los perjuicios sufridos.

Una vez consolidado (estabilizado) el estado de la víctima, el médico asignado prescribe un certificado de consolidación que debe dirigirse al FGTI y, eventualmente, a los organismos sociales.

A fin de evitar la multiplicación de los procedimientos periciales,
S.O.S ATENTADOS promovió la implementación de un procedimiento pericial único.

Así, el FGTI, el Ministerio de Defensa y los organismos de la seguridad social designan conjuntamente a un experto para cada especialidad.

Consejos a las víctimas

Es indispensable :
de que uno o varios médicos especialistas en la reparación de daños corporales, según la naturaleza de la herida, le asistan ANTES de la pericia ordenada por el FGTI

que el médico especialista consultado redacte un informe detallado previo, que deberá enviarse al FGTI antes de la pericia

que el médico consultado esté presente en las reuniones de peritos organizadas por el FGTI para cada especialidad.

S.O.S ATENTADOS posee una lista de médicos especializados que está a disposición de las víctimas.

Los gastos de asistencia médica serán reembolsados por el FGTI.

 

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Daños indemnizados

En caso de heridas, el FGTI indemniza a las víctimas de terrorismo por los daños físicos, psicológicos, económicos , profesionales y personales.

Teniendo en cuenta el resultado de los estudios epidemiológicos llevados a cabo por S.O.S. ATENTADOS, el FGTI también indemniza un daño específico.

Daños físicos y psicológicos

Los peritos determinarán :

la duración de la incapacidad laboral total temporaria (ITT)
la valoración y la duración de la incapacidad parcial temporaria (ITP)
la necesidad de ser asistido por un tercero durante estos dos períodos y la duración dicha asistencia
la valoración de la incapacidad permanente parcial (IPP), la cual forma parte del daño psicológico

PDaños económicos y profesionales

Los perjuicios económicos y profesionales serán evaluados mediante la presentación de justificativos (declaración de renta, recibos de sueldo, pérdida del empleo, disminución de los recursos, etc.).

Los peritos se pronunciarán acerca de :

la influencia de las secuelas del atentado en la vida profesional y particularmente en la necesidad y la posibilidad de una reconversión laboral
las consecuencias en la vida escolar o universitaria de la víctima
la necesidad permanente de ser asistido por un tercero, en cuyo caso se precisará la naturaleza de la asistencia y su duración diaria
la necesidad y el tipo de instalaciones especiales para la vivienda de la víctima

Daño personal

Los peritos se pronunciarán también sobre los perjuicios personales :
envergadura de los daños sufridos, evaluados en una escala de 1 a 7
daño estético temporal o definitivo, evaluado en una escala de 1 a 7
daños a la integridad sexual o a la capacidad de procreación
privación de actividades de ocio, evaluada en función de justificativos
incapacidad de formar una familia y de reintegrarse a la vida social

Daño específico sufrido

Quedó fijado en un 40% del capital de la incapacidad parcial permanente, con una base mínima de 2300 euros.

Los daños personales y específicos no son susceptibles de revisión por parte de los organismos de la seguridad social, constituyendo para la víctima un derecho adquirido

El FGTI deducirá de la indemnización las sumas que ya hayan sido reembolsadas a la víctima por los organismos de la seguridad social.

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Evaluación e indemnización de los daños sufridos

Para la evaluación del monto de la indemnización que el FGTI debe abonar a las víctimas o a sus derechohabientes, es menester enviar los justificativos relativos a :

gastos no reembolsados para el pago de servicios médicos

pérdida de ganancias durante los períodos de ITT e ITP

modificación o pérdida de empleo y/o de recursos (declaración del impuesto a la renta, recibo de sueldo, despido, seguro de desempleo, etc.)

vida escolar o académica

gastos de asistencia (tareas domésticas, cuidado de niños, enfermero o cualquier tercero)

instalación de equipos médicos

adaptación de la vivienda

desplazamientos

ropa y objetos personales dañados (con un límite de valor global)

actividades de ocio habituales anteriores al atentado (acreditaciones, carnés de miembro de asociación u otro, fotos que reflejen tales actividades)

pdaños estéticos (fotos que sirvan de prueba y, si fuere necesario, que ilustren la evolución del daño)

El FGTI abonará la indemnización de todo daño, siempre y cuando no hayan sido cubiertos por los organismos de la seguridad social.

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Agravamiento

En caso de agravamiento del estado de salud de la víctima, el caso puede ser reabierto mediante la presentación de un certificado médico solicitado al médico asignado.

El certificado debe especificar que el agravamiento de su salud está vinculado directamente con las consecuencias del atentado.

El certificado debe ser remitido al FGTI, acompañado, eventualmente, de las fotocopias, informes de hospitalización e informes operatorios, radiografías, análisis médicos, resultados de las pruebas en los órganos auditivos, olfativos y gustativos, etc.

ATENCIÓN

Algunas enfermedades corrientes no tienen ninguna relación con las consecuencias de un atentado (por ejemplo: cáncer, accidente cardiovascular, dolores en la espalda, disminución de la vista, del oído, etc.)

Si quiere que su solicitud tenga éxito, procure acompañarla del mayor número de piezas justificativas posible.

En función de los documentos acompañados el Fondo podrá decidir que usted sea examinado por un perito médico.

Todas las víctimas pueden ir acompañadas por un “médico consejero”. Este acompañamiento es indispensable, por ello, el Fondo corre con los gastos de los honorarios médicos.

S.O.S. ATENTADOS pone a su disposición una lista de médicos de las diferentes especialidades.

No dude en contactar S.O.S. ATTENTADOS para efectuar la solicitud por causa de agravamiento.

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