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			 Ayuda a las víctimas 
			  Indemnización 
			
  Las víctimas de actos de terrorismo tienen derecho a una indemnización proveniente de un
   
  > Fondo de garantía (FGTI)  en  
  > caso de heridas 
  > en caso de muerte.
 
  
En caso de heridas o de muerte con motivo de un acto de terrorismo, 
las víctimas tienen derecho a una indemnización proveniente de un 
Fondo de garantía (FGTI).  
			
			El FGTI procede a la realización de pericias médicas
			 a fin de indemnizar los perjuicios sufridos. 
			El FGTI 
			evalúa e indemniza los perjuicios sufridos. 
			El FGTI interviene 
			en caso de agravamiento de los perjuicios sufridos. 
			  
			
			
			El FGTI ordena la realización de pericias médicas a fin de determinar 
			todas las consecuencias del atentado en el estado de salud de la víctima  y proceder así 
			a la evaluación ulterior de los perjuicios sufridos. 
			Una vez consolidado (estabilizado) el estado de la víctima, el médico asignado 
			prescribe un certificado de consolidación que debe dirigirse al FGTI y, eventualmente, a 
			los organismos sociales. 
			A fin de evitar la multiplicación de los procedimientos periciales,  
			  S.O.S ATENTADOS  promovió la implementación de un 
			  procedimiento pericial único. 
			Así, el FGTI, el Ministerio de Defensa y los organismos de la seguridad 
			social designan conjuntamente a un experto para cada especialidad. 
			
			   
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				   Consejos a las víctimas 
				  Es indispensable : 
					 de 
					que uno o varios médicos especialistas en la reparación de daños corporales, 
					según la naturaleza de la herida, le asistan ANTES de la pericia ordenada por el FGTI 
				   
				    que el médico especialista consultado redacte un informe detallado previo, que deberá enviarse 
					al FGTI antes de la pericia 
				   
					que el médico consultado esté presente en las reuniones de peritos organizadas por el FGTI 
					para cada especialidad. 
				   S.O.S ATENTADOS 
				  posee una lista de médicos especializados que está a disposición de las víctimas. 
				  Los gastos de asistencia médica serán reembolsados por el FGTI. 
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			> Arriba < 
			
			
			
		   En caso de heridas, el FGTI indemniza a las víctimas de terrorismo por los daños físicos,
		   psicológicos, económicos , profesionales 
		   y personales. 
			
			Teniendo en cuenta el resultado de los  
			estudios epidemiológicos 
			llevados a cabo por  S.O.S. ATENTADOS,  
			el FGTI también indemniza un daño específico. 
			
              Daños físicos y psicológicos 
		     
			Los peritos determinarán : 
			
			 
			la duración de la incapacidad laboral total temporaria (ITT) 
            
			la valoración y la duración de la incapacidad parcial temporaria (ITP) 
            
		   la necesidad de ser asistido por un tercero durante estos dos períodos y la duración dicha asistencia  
             
			la valoración de la incapacidad permanente parcial (IPP), la cual forma parte del daño psicológico 
			
               PDaños económicos y profesionales 
		     
			Los perjuicios económicos y profesionales serán evaluados mediante la presentación de justificativos (declaración de renta, recibos de sueldo, pérdida del empleo, disminución de los recursos, etc.). 
			Los peritos se pronunciarán acerca de : 
			 
			la influencia de las secuelas del atentado en la vida profesional y particularmente en la necesidad y 
			la posibilidad de una reconversión laboral 
                 
				 las consecuencias en la vida escolar o universitaria de la víctima 
                  
				la necesidad permanente de ser asistido por un tercero, en cuyo caso se precisará la naturaleza 
				de la asistencia y su duración diaria 
                  
				la necesidad y el tipo de instalaciones especiales para la vivienda de la víctima 
			
               Daño personal 
		     
			Los peritos se pronunciarán también sobre los perjuicios personales : 
                  
				envergadura de los daños sufridos, evaluados en una escala de 1 a 7 
                  
				daño estético temporal o definitivo, evaluado en una escala de 1 a 7  
                 
				daños a la integridad sexual o a la capacidad de procreación 
                  
				privación de actividades de ocio, evaluada en función de justificativos  
                  
				incapacidad de formar una familia y de reintegrarse a la vida social 
			
              Daño específico sufrido 
		     
			Quedó fijado en un 40% del capital de la incapacidad parcial permanente, con una base mínima de 2300 euros. 
			
              
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                   Los daños personales y específicos no son susceptibles de revisión por parte de los organismos de la seguridad social, constituyendo para la víctima un derecho adquirido  
                  El FGTI deducirá de la indemnización las sumas que ya hayan sido reembolsadas a
				   la víctima por los organismos de la seguridad social.   | 
               
             
           > Arriba < 
			
Para la evaluación del monto de la indemnización que el FGTI debe abonar a las víctimas o a sus derechohabientes, es menester enviar los justificativos relativos a : 
			  
			gastos no reembolsados para el pago de servicios médicos  
			  
			  pérdida de ganancias durante los períodos de ITT e ITP 
			  
			  modificación o pérdida de empleo y/o de recursos (declaración del impuesto a la renta, 
			  recibo de sueldo, despido, seguro de desempleo, etc.) 
			  
			  vida escolar o académica 
			  
			  gastos de asistencia (tareas domésticas, cuidado de niños, enfermero o cualquier tercero) 
			  
			  instalación de equipos médicos 
			  
			  adaptación de la vivienda  
			  
			  desplazamientos  
			  
			 ropa y objetos personales dañados (con un límite de valor global) 
			  
			  actividades de ocio habituales anteriores al atentado 
			  (acreditaciones, carnés de miembro de asociación u otro, fotos que reflejen tales actividades) 
			  
			  pdaños estéticos (fotos que sirvan de prueba y, si fuere necesario, que ilustren la evolución del daño) 
			
			   
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				   El FGTI abonará la indemnización de todo daño, 
				  siempre y cuando no hayan sido cubiertos por los organismos de la seguridad social. 
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> Arriba < 
			
En caso de agravamiento del estado de salud de la víctima,
 el caso puede ser reabierto mediante la presentación de un certificado 
 médico solicitado al médico asignado.  
			El certificado debe especificar que el agravamiento 
			de su salud está vinculado directamente con las consecuencias del atentado. 
			El certificado debe ser remitido al FGTI, acompañado, 
			eventualmente, de las fotocopias, informes de hospitalización e 
			informes operatorios, radiografías, análisis médicos, resultados de las pruebas 
			en los órganos auditivos, olfativos y gustativos, etc. 
			ATENCIÓN 
			 Algunas enfermedades corrientes no tienen ninguna 
			relación con las consecuencias de un atentado (por ejemplo: cáncer, accidente 
			cardiovascular, dolores en la espalda, disminución de la vista, del oído, etc.) 
			Si quiere que su solicitud tenga éxito, procure acompañarla del mayor número 
			de piezas justificativas posible. 
			 
			En función de los documentos acompañados el Fondo podrá decidir que usted sea examinado por un perito médico.  
			   
              Todas las víctimas pueden ir acompañadas por un “médico consejero”. Este acompañamiento es indispensable, por ello, el Fondo corre con los gastos de los honorarios médicos.  
			
			   
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				   S.O.S. ATENTADOS  
					pone a su disposición una lista de médicos de las diferentes especialidades. 
				  No dude en contactar S.O.S. ATTENTADOS 
					para efectuar la solicitud por causa de agravamiento. 
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> Arriba < 
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